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REGISTRO DE ASOCIACIONES.CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - D. GRAL. DE ADMINISTRACIÓN LOCAL. JUSTICIA E INTERIOR


Finalidad

Inscribir a los efectos que en cada caso procedan todas las Asociaciones que se domicilien en Extremadura.
Los actos objeto de inscripción en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura son los siguientes:
a. La constitución de la asociación.
b. Las modificaciones estatutarias.
c. La identidad de titulares de la junta directiva u órgano de representación.
d. La apertura, cambio y cierre de delegaciones o establecimientos.
e. La declaración y la revocación de la condición de utilidad pública.
f. Las asociaciones que constituyen o integran federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones.
g. La incorporación y separación de asociaciones a una federación, confederación o unión de asociaciones o a entidades internacionales.
h. La suspensión, disolución o baja de la asociación y sus causas.

Destinatarios

Personas físicas o jurídicas.

Plazo de presentación

Durante todo el año.
Los actos inscribibles mencionados deberán presentarse a inscripción dentro del plazo de un mes a contar desde su adopción.

Estado de sus tr�mites online

Tramitar por...

internet

No tramitable por internet

órgano gestor

D. GRAL. DE ADMINISTRACIÓN LOCAL. JUSTICIA E INTERIOR
PASEO DE ROMA, S/N. MÓDULO E 2ª PLANTA
06800 MERIDA
 
dgaljei.ap@juntaex.es

lugar de presentación

oficinas de registro...

Información complementaria

* REQUISITOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA ASOCIACIÓN:
- Podrán constituir asociaciones, y formar parte de las mismas, las personas físicas y las personas jurídicas, sean éstas públicas o privadas.
- Las personas físicas necesitan tener la capacidad de obrar y no estar sujetas a ninguna condición legal para el ejercicio del derecho.
- Los promotores menores no emancipados mayores de catorce años, sin perjuicio de lo que establezca el régimen previsto para las asociaciones infantiles, juveniles o de alumnos en el artículo 7.2 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, deben aportar documento acreditativo del consentimiento de la persona que deba suplir su capacidad.
- Si algún promotor es extranjero deberá aportar la documentación acreditativa de que cuenta con la autorización de estancia o residencia en España.
- Las personas jurídicas de naturaleza asociativa requerirán el acuerdo expreso de su órgano competente, y las de naturaleza institucional, el acuerdo de su órgano rector.

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