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Fomentar el empleo estable, mediante la creación de empleo por empresas de grandes dimensiones que favorezcan el desarrollo de la región, mejorando las oportunidades de empleo de los trabajadores, y favoreciendo en especial el de los jóvenes que cuenten con baja cualificación, discapacitados y desempleados que no hayan contado con un empleo remunerado en los últimos seis meses, mejorando la gestión de los programas de ayudas mediante la unificación en una única norma de los programas las subvenciones para las contrataciones indefinidas iniciales y para las transformaciones de contratos temporales en indefinidos.
El objeto en la financiación de los costes salariales dureante el pirmer año de contratación, incluida la cotización empresarial por la Seguridad Social.
Las grandes empresas, entendiendo por tales aquellas que no tengan la condición de pequeña y mediana empresa, de conformidad con la definición establecida en el Anexo I del Reglamento (CE) n.º 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008 (DOUE n.º L 217/3, de 9 de agosto de 2008), y cumplan los siguientes requisitos:
a) Que ocupen a más de 250 personas.
b) Que el volumen de negocios anual exceda de 50 millones de euros o el balance general anual exceda de 43 millones de euros.
Un mes, contado a partir de la fecha de inicio de la contratación objeto de la ayuda.
Presentación durante todo el año.
No tramitable por internet
(SEXPE) DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO
C/SAN SALVADOR, 9
06800 MERIDA
Las solicitudes se presentarán en los modelos normalizados conforme al modelo del Anexo I, que estará disponible en el Servicio Extremeño Público de Empleo y en la página www.extremaduratrabaja.net
La solicitud, debidamente firmada por el interesado y cumplimentada en todos sus extremos, vendrá acompañada de la documentación que se relaciona en el Anexo II.
La solicitud vendrá acompañada pro una memoria descripitiva del proyecto de creación de empleo estable de la entidad solicitante donde se especificará el número de contrataciones que pretende realizar clasificadas por programas y colectivos, y acompañada del Anexo IV, el Anexo V, si procede.
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