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SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA POR GRANDES EMPRESASCONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN. - (SEXPE) DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO


Finalidad

Fomentar el empleo estable, mediante la creación de empleo por empresas de grandes dimensiones que favorezcan el desarrollo de la región, mejorando las oportunidades de empleo de los trabajadores, y favoreciendo en especial el de los jóvenes que cuenten con baja cualificación, discapacitados y desempleados que no hayan contado con un empleo remunerado en los últimos seis meses, mejorando la gestión de los programas de ayudas mediante la unificación en una única norma de los programas las subvenciones para las contrataciones indefinidas iniciales y para las transformaciones de contratos temporales en indefinidos.

El objeto en la financiación de los costes salariales dureante el pirmer año de contratación, incluida la cotización empresarial por la Seguridad Social.

Destinatarios

Las grandes empresas, entendiendo por tales aquellas que no tengan la condición de pequeña y mediana empresa, de conformidad con la definición establecida en el Anexo I del Reglamento (CE) n.º 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008 (DOUE n.º L 217/3, de 9 de agosto de 2008), y cumplan los siguientes requisitos:
a) Que ocupen a más de 250 personas.
b) Que el volumen de negocios anual exceda de 50 millones de euros o el balance general anual exceda de 43 millones de euros.

Plazo de presentación

Un mes, contado a partir de la fecha de inicio de la contratación objeto de la ayuda.

Presentación durante todo el año.

Estado de sus tr�mites online

Tramitar por...

internet

No tramitable por internet

órgano gestor

(SEXPE) DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO
C/SAN SALVADOR, 9
06800 MERIDA
 

lugar de presentación

oficinas de registro...

Información complementaria

Las entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) No estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.
b) Estar radicadas en Extremadura, entendiendo por tal tener domicilio, sede social o, al menos, algún centro de trabajo, en la Comunidad Autónoma.
c) No haber sido sancionadas en materia medioambiental en los 12 meses anteriores a la solicitud de subvención.
d) No haber sido sancionadas por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en los 12 meses anteriores a la solicitud de subvención.
e) Las entidades obligadas según el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos, deberán cumplir con la obligación de reserva del 2% de los puestos de trabajo existentes en la empresa, para ser ocupados por personas con discapacidad o, en su caso, haber obtenido la correspondiente declaración de excepcionalidad, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril.
f) En los doce meses inmediatos anteriores a fecha de solicitud de la ayuda deberá haber mantenido el nivel de trabajadores indefinidos, todo ello referido al ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

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